Derechos de la Madre Tierra 264y2c

Abril 2012, Boletín, nº 5 3ca2t

Los derechos de las mujeres en las Directrices de la FAO 4r534z

2012-05-21 00:00:00

El 11 de mayo, el Comité de Seguridad Alimentaria (CSE) de la FAO aprobó las Directrices voluntarias sobre la gobernanza responsable de la tenencia de la tierra, la pesca y los bos-ques en el contexto de la seguridad alimentaria nacional. El documento, a lo largo de sus 48 páginas, se refiere explícitamente al derecho de las mujeres a la tenencia de la tierra, un punto que las mujeres indígenas andinas han pedido incluir en los acuerdos de Río+20.   Esto es urgente porque las mujeres indígenas generan del 60% al 80% de la producción de alimentos en los países pobres y necesitan hacer un uso más eficiente de la tierra y aumen-tar su aporte a la soberanía alimentaria, para lo cual deben tener a la tierra. A lo lar-go de la historia, sin embargo, el de la mujer a la tierra se basó en su estatus en el seno de la familia e implicó el derecho al uso, no a la propiedad. Muchas normas agrarias implican el concepto de “cabeza de familia”, en general un hombre, como base para la re-distribución de la tierra. Esto pese a que la migración masculina a zonas urbanas convierte a la mujer en cabeza de familia.   Las Directrices del CSE incluyen la igualdad de género entre sus principios de aplicación e instan a los Estados a “garantizar la igualdad del derecho de mujeres y hombres al disfrute de los derechos humanos, al tiempo que se reconocen las diferencias entre hombres y mu-jeres y se toman medidas específicas encaminadas a acelerar la igualdad de hecho, cuando sea necesario. Los Estados deberían asegurar que las mujeres y las niñas tienen los mis-mos derechos de tenencia y a la tierra, la pesca y los bosques con independencia de su estado civil y situación marital”.     Boletín completo en PDF 2v636u